En 2024, el límite máximo de aportación que podemos realizar a nuestro plan de pensiones individual o asociado, y que podemos deducir en nuestra declaración del IRPF es de 1.500 euros anuales o el 30% de nuestros rendimientos netos del trabajo y actividades económicas, si esta cifra es inferior.
Límite general legal
El total de las aportaciones y contribuciones empresariales anuales máximas a los planes de pensiones no podrá exceder de 10.000 euros.
Incremento legal del límite general de aportación a un plan de pensiones individual o asociado
El límite general de 1.500 euros se podrá incrementar en los siguientes casos y cuantías:
- Se podrá incrementar hasta en 8.500 euros anuales, siempre que este incremento provenga de contribuciones empresariales o de aportaciones del trabajador al mismo plan de pensiones de empleo. La aportación de trabajador será de importe igual o inferior al resultado de aplicar a la contribución que le realice la empresa el coeficiente que corresponda según el siguiente cuadro:
RENDIMIENTOS INTEGROS | APORTACIÓN EMPRESA | APORTACIÓN MÁXIMA TRABAJADOR/A |
<60.000 € | IGUAL O INFERIOR A 500 € | Resultado de multiplicar la contribución empresarial por 2,5
Con un máximo de 1.250 € |
ENTRE 500,01 € Y 1.500 € | 1.250 € + 0,25 (contribución empresarial -500 €)
Con un máximo de 1.500 € |
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SUPERIOR A 1.500 € | = contribución empresarial por 1
Con un máximo de 4.250 € |
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SUPERIOR O IGUAL
A 60.000 € |
INDIFERENTE | La misma aportación realizada por la empresa
con un máximo de 4.250 € |
En cualquier caso, las cantidades aportadas que no hayan podido reducirse en la base imponible por insuficiencia de la base o por aplicación del límite porcentual, podrán reducirse en los cinco ejercicios siguientes, respetando el correspondiente límite.
Residentes fiscales en País Vasco:
- Pueden aportar hasta un máximo de 5.000€ al año a EPSV individuales o planes de pensiones individuales. En el caso de que el empleador aporte a un plan de EPSV o de pensiones de empleo, la aportación máxima conjunta es de 12 mil euros anuales incluyendo planes de empleo e individuales.
Residentes fiscales en Navarra:
- Los menores de 50 años podrán aportar un máximo de 2.000 euros anuales, mientras que los mayores de 50 años podrán aportar hasta 5.000 euros anuales.